Establecen medidas de control a personal de base del DIF Estatal…

A responsables de las diversas áreas de la institución, se les prohíbe tener personal ajeno a la misma en sus áreas de trabajo.

Por Irineo Pérez Melo

Xalapa, Ver., El Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) estableció medidas de control dirigidas al personal sindicalizado, con la finalidad de no desatender los servicios que se prestan en las diferentes áreas de esta institución de asistencia social.

A través de la circular DA/005/19 de fecha 16 de enero del año en curso y signada por el ingeniero Héctor Fernando Ruz Santamaría, director administrativo de la institución, dirigido a todo el personal de base sindicalizada, establece que para disfrutar su lapso diario de 30 minutos para reposar o tomar alimentos, deben acordar previamente con su jefe inmediato la hora en la que harán uso de esta prestación.

De igual manera, se les exhorta a que se organicen con sus compañeros de trabajo y su jefe inmediato, para que no sean desatendidos los servicios que prestan en su área de trabajo, mientras disfruten el lapso de tiempo antes mencionado.

Fundamentan estas acciones en apego a la Cláusula 37, inciso d, del Contrato colectivo de Trabajo, en donde está establecida dicha prestación a la que tienen derecho todos los sindicalizados.

Por otro lado, a través de la circular DA/007/19/ de fecha 17 de enero del presente año, dirigido a todos los directores, Procuradora, subdirectores, subprocuradores, jefes de departamento, jefes de unidad, coordinadores y administradores, se les informa que está prohibido tener trabajadores ajenos a las áreas a su cargo, sin autorización de esa Dirección, a través de la Subdirección de Recursos Humanos.

“En caso de requerir personal que les apoye en las labores sustantivas de sus áreas, deberán solicitarlo por escrito a la Subdirección de Recursos Humanos para que esta a su vez, realice los trámites a los que haya lugar, de acuerdo a la situación específica del trabajador de que se trate”, se indica en dicha circular.

La medida fue fundamentada en el artículo 37, fracción XVIII del Reglamento Interior de este Organismo Público Descentralizado, por lo que a partir de la fecha mencionada ya se están aplicando dicha regulación a fin de eficientizar los servicios que se prestan en la dependencia.