Obras reportadas como concluidas, no se ejecutaron durante 2019, por lo que el alcalde Edgar Espinoza Salazar deberá solventar las observaciones realizadas.
Por Irineo Pérez Melo
Xalapa, Ver., Un presunto daño patrimonial por el orden de los 5 millones 347 mil 327.95 pesos detectó el Órgano de Fiscalización Superior del Estado (Orfis) en las arcas municipales del ayuntamiento de Chumatlán, en donde el alcalde Edgar Espinoza Salazar reportó como concluidas diversas obras no ejecutadas.
En su gran mayoría se trata de obras de rehabilitación y mantenimiento de carreteras, red del drenaje sanitario y que fueron detectadas durante la revisión de la Cuenta Pública del 2019, dados a conocer el pasado 30 de julio del año en curso, las cuales el edil chumatleño las dio como concluidas en su informe de gobierno.
Sin embargo, durante la revisión de la cuenta pública por parte del Orfis se detectó que las siete obras, que fueron reportadas como concluidas, al hacer la revisión física de las mismas, se constató que no se realizaron, lo que se presume la existencia de un daño patrimonial.
De entre las obras señaladas, se encuentran las carreteras que comunican a las comunidades de Santa Ana, Zapote, La Vega, las cuales están intransitables, por el estado pésimo en que se encuentra y que representa un grave riesgo para los que tienen la necesidad de transitar por esas vías de comunicación.
Además, también se tienen problemas en la red de drenaje sanitario en la cabecera municipal, en donde las tapas del alcantarillado se encuentran deterioradas y la red azolvada, vertiendo los desechos residuales a la vía pública, lo que origina un riesgo para la salud de los habitantes de la localidad.
De acuerdo al informe de resultados de la cuenta pública se desprende que las observaciones realizadas suman un total de 434 mil 314.33 pesos en lo relacionado a la auditoría financiera, mientras que, en la auditoría técnica de la obra pública, por las obras no ejecutadas suman 4 millones 913 mil 327.95 pesos.
El Órgano de Fiscalización Superior del Estado otorgó un plazo de treinta días hábiles siguientes a la vista desahogada al órgano de control interno para solventar las observaciones realizadas.
De no cumplirse con lo señalado anteriormente, se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente, llevando a cabo las acciones preventivas y correctivas, en su caso para resarcir el presunto daño patrimonial existente.
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