El administrador diocesano regirá en tanto se nombra al nuevo obispo y toma posesión de la Diócesis.
Por Irineo Pérez Melo
Xalapa, Ver., Con la sorpresiva muerte del arzobispo Hipólito Reyes Larios, la Arquidiócesis de Xalapa entró en el periodo que canónicamente se le llama Sede Vacante, por lo que se está a la espera de que se dé a conocer el nombramiento de un administrador, el cual puede ser diocesano o apostólico.
En el comunicado dominical de la Oficina de Comunicación Social de esta asociación religiosa, señala que el administrador es diocesano cuando se elige de entre los miembros del Consejo de Consultores y es apostólico cuando lo designa la Santa Sede.
Sobre las funciones y deberes del Administrador diocesano, el cual se ha de designar uno solo, se indica que es quien rige temporalmente la diócesis; debe ser elegido por el colegio de consultores en un plazo de 8 días y solo puede ser designado válidamente un sacerdote que tenga cumplidos 35 años y que no haya sido elegido, nombrado o presentado para la misma sede vacante. Debe destacar por su doctrina y prudencia, se indica.
En el caso del Administrador diocesano tiene los deberes y goza de la potestad del Obispo diocesano, con exclusión de todo aquello que por su misma naturaleza o por el derecho mismo esté exceptuado, adquiere su potestad por el hecho de haber aceptado su elección, y no se requiere confirmación de nadie, quedando firme la obligación que prescribe el c. 833, n. 4.
Se indica que vacante la sede, nada debe innovarse. Se prohíbe a quienes se hacen cargo interinamente del régimen de la diócesis realizar cualquier acto que pueda causar perjuicio a la diócesis o a los derechos episcopales; concretamente, se prohíbe tanto a ellos como a otros cualesquiera, personalmente o por medio de otros, destruir o alterar algún documento de la curia diocesana.
El Administrador diocesano está obligado a residir en la diócesis y aplicar la Misa por el pueblo, cesa en su cargo cuando el nuevo Obispo toma posesión de la diócesis. El oficio de Administrador diocesano es un servicio transitorio y restringido por el mismo Derecho Canónico con el fin de impedir que se tomen decisiones que pongan en peligro los derechos de la diócesis (cfr. Cánones 312; 485; 509; 520, 1; 522, 1018 y 1430, 5), señala el comunicado.
Mientras esto sucede, la arquidiócesis de Xalapa se mantiene en oración constante. En todas las parroquias estamos orando con nuestras comunidades por el eterno descanso de Mons. Hipólito Reyes Larios y para que el Espíritu Santo, en la persona del Santo Padre, elija un nuevo pastor que responda a las necesidades de nuestra Iglesia diocesana, se señala, por último.
Los comentarios están cerrados.