Falso que el Congreso Local tenga que reinstalar a alcalde y síndica en el ayuntamiento de Actopan: Bahena Corbalá…

No se puede suspender el acto legal de juicio político que cobro vigencia el mismo día al publicarse en la Gaceta Oficial del Estado, señala en un comunicado.

Por Irineo Pérez Melo

Xalapa, Ver., Es falso que el Congreso del Estado tenga que reinstalar en sus cargos a José Paulino Domínguez Sánchez y a Jazmín Palmeros Barradas como alcalde y síndica única del ayuntamiento de Actopan, aseguró Domingo Bahena Corbalá, secretario general de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso local.

A través de un comunicado, el funcionario del Poder Legislativo fundamentó su aseveración en el sentido que no se puede suspender el acto legal de juicio político que cobró vigencia el mismo día, al publicarse en la Gaceta Oficial del Estado.

Esta acción legal, fue impugnada por la exsindica y que derivó en la controversia constitucional 17/2020 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien ordenó al Congreso conservar la materia del juicio, lo que significa que se debe mantener la aprobación hecha por el pleno y no se deben restituir a los exservidores públicos.

En el documento, sostiene que el pasado 4 de marzo, esta representación popular acordó revocar el mandato del presidente y síndica de Actopan, dentro del expediente SRM-LXV-SG-01/2020, surtiendo los efectos de la decisión el mismo día de su publicación en Gaceta Oficial del Estado.

«Naturalmente el Ayuntamiento de Actopan, por conducto de su representante legal, impugnó la decisión del Congreso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, surgiendo la Controversia Constitucional 17/2020 que no ha sido resuelta a la fecha, expuso.

Además, se señala que el 6 de marzo José Alfredo López Carreto, quien se ostenta como suplente de la presidencia de Actopan, también interpuso un recurso con la finalidad de tomar protesta como alcalde; generándose el expediente TEV-JDC-30/2020, que fue resuelto por el tribunal electoral de Veracruz el pasado 29 de mayo en el sentido negativo a la pretensión del suplente.

Durante el trámite de este asunto, el Congreso informó al tribunal electoral sobre la existencia de la Controversia Constitucional y que la Corte tomó la medida de conservar la materia del juicio, es decir, que las cosas se mantuvieran el estado que hoy guardan. Además, informó que el cabido de Actopan se auto-organizó conforme a su marco jurídico y válidamente nombró a un alcalde interino.

De esta manera, el ciudadano que pretende ser Presidente municipal de Actopan, pidió la revisión de su caso ante la Sala Regional Xalapa del TEPJF, el cual el 16 de junio determinó revocar la sentencia local: razonando que “el TEV hizo un mal estudio del contexto y omitió valorar las manifestaciones realizadas por parte del Congreso del Estado, así como del Ayuntamiento de Actopan”.

En consecuencia, es falso que el Congreso de Veracruz tenga que reinstalar a los ediles de Actopan y mucho menos que oculte información sobre el caso que, eventualmente, pudiera conocer la SCJN quien solo manifestó que “se debía conservar la materia del juicio”; por lo que ningún otro tribunal debió emitir pronunciamiento alguno del caso que está radicado en la Suprema Corte, se indica, por último.