El Poder y La Pasión.
Por Rubén Morales Aburto
Para Ricardo Ahued la modificación al Artículo 23 en su fracción II de la Ley del SAT es necesaria
El Senador Veracruzano, expuso sus razones de peso ya que su experiencia lo ha llevado a aceptar que es necesario que los requisitos para la titularidad en el SAT, tenga ciertas modificaciones, que prioricen y optimicen el desempeño como tal.
El Senador por MORENA, Ricardo Ahued Bardahuil, en tribuna expuso sus razones en concordancia con su experiencia tanto en el ramo empresarial así como ex legislador federal y local por Veracruz: “Yo estoy a favor de la propuesta que hizo nuestra compañera Senadora, más allá que no sea de mi partido, que es la Senadora Sasil, del Partido Encuentro Social, aunque haya existido algún acuerdo de campaña, pero no siendo de mi partido he analizado, he escuchado con atención las inquietudes que han propuesto aquí, y todas son válidas. Simplemente a mí me parece que hay un exceso cuando yo quisiera juzgar a los funcionarios a las funcionarias, aquí se está hablando de diez años que tengan de antigüedad profesional, a mí eso, sin ofender, a mí me satisface, 10 años de ser profesionales es suficiente”.
Sobre el tema fundamental que se analizó sobre la formación de los antecesores en el SAT, el Senador Ahued fue muy claro al afirmar que tener cargos en la administración o pública, es subjetivo de honorabilidad, ya que ya hace muchos años, los que de alguna manera contaban con toda la experiencia pues tenían grandes estudios en la materia financiera, de derecho, de derecho fiscal, y fue un caos, y no quiero generalizar, tampoco, dijo, pero esa no es una medida que a él le da confianza, las opciones que sean motivo que se van a manejar ya los temas fiscales en el país.
En su experiencia aseguró que, una vez que propusieron, los que saben, y los que tenían tanto tiempo ahí en esta administración fiscal, una caja registradora y tenían dos rollos de papel, y esas cajas registradoras tenían una temporalidad, hicieron invertir miles de pesos a los contribuyentes, y fue un fracaso el tema de esas oficinas y sus operadores y ellos mismos, los que tenían experiencia excesiva inventaron también, enviaron una ley de ingreso aprobada con la mayoría, y había que gravar con el 2 % a los depósitos en efectivo en este país.
Finalmente Ahued Bardahuil, dejó en claro que quiere para el futuro del país: “Yo quisiera que llegara gente con los conocimientos de 10 años, que tenga la experiencia académica, que tenga la academia en la Función Pública, pero hay algo que no te lo va a dar ninguno de esos requisitos que aquí hemos avisado, que sea honorable, que sea honesto, que no sea corrupto, que no sea corrupta, que no ocupe el cargo público para bañarse como se han bañado a saquear este país, eso lo vamos a parar. Ya no podemos tolerar funcionarios, ni en Hacienda, ni en algún lugar que hayan sido cómplices de lo que hoy vive este país. Por eso hay gobierno, entidades federativas saqueadas, porque pasaron de humo en el SAT, y no se dieron cuenta de lo que pasaba. Autorizaban crédito a diestra y siniestra, y ellos eran los que autorizaban los créditos que endeudaron a los estados indebidamente”, apuntó.
Una vez presentado el dictamen ante las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y también ante la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, de la LXIV Legislatura, se turnó la iniciativa que propone modificar la fracción II del artículo 13 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Ese dictamen es el que propone establecer como requisito para ser Jefe del Servicio de Administración Tributaria, SAT: a) contar con título profesional, b) al menos con 10 años de antigüedad y c) se cuente a la vez con estudios especializados en las materias que son responsabilidad del Sistema de Administración Tributaria. Es decir que sea acorde con el principio de igualdad en el acceso a la función pública, y propicia la captación de los mejores perfiles para el servicio del Estado.
La mencionada modificación igualmente propone, que el Titular del SAT no desempeñe durante el período de su encargo otra comisión o empleo dentro de la Federación, entidades federativas, municipios, alcaldías de la Ciudad de México, órganos autónomos constitucionales, organismos descentralizados, empresas productivas del Estado, empresas de participación estatal o de algún particular, excepto los cargos a empleo de carácter docente y de los honoríficos, así como también estará impedido para ejercer su profesión, salvo en causa propia. Igualmente esta Ley del SAT establece un listado de atribuciones que deberá vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras, y una eficiente recaudación de los ingresos.
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